BIENVENIDOS

Bienvenidos a nuestra comunidad Virtual ZONA 118

Este es un espacio para Ti, donde encontrarás información y noticias en torno a nuestros intereses educativos.

¡¡Recuerda que este espacio lo construimos entre todos!!

domingo, 24 de octubre de 2010

DISPOSICIONES GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CENTROS ESCOLARES 2010-2011


SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN INICIAL Y PREESCOLAR SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PREESCOLAR ESTATAL
DISPOSICIONES GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE CENTROS ESCOLARES 2010-2011
AGOSTO 2010
DISPOSICIONES GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE
CENTROS ESCOLARES 2010-2011
EDUCACIÓN PREESCOLAR
La educación preescolar constituye el primer nivel de la educación básica dentro del Sistema Educativo Nacional. Propicia la formación integral de los alumnos de 3 a 6 años de edad considerando sus necesidades educativas, a través de un proceso permanente que les permite desarrollar sus competencias y los posibilita para adquirir y construir aprendizajes a lo largo de su vida.
Para las escuelas dependientes de la Secretaría de Educación de Veracruz, el período de organización e inscripciones será el 16 y 17 de agosto. Este lapso comprende las actividades de preparación para el inicio del ciclo escolar, reuniones de planeación y, en general, todos aquellos procedimientos que tengan como propósito la inscripción de los alumnos y la integración de grupos.
1.1. Inscripciones
El período de inscripciones será el 16 y 17 de agosto de 2010
La inscripción no debe estar sujeta al pago de cuota a la Asociación de Padres de Familia o a cualquier condicionante, ya que de lo contrario se violaría el precepto constitucional de la gratuidad de la enseñanza y el reglamento que establece el
carácter voluntario de estas aportaciones. 
La edad para ingreso a educación preescolar es de 4 y 5 años cumplidos al 31 de
diciembre de 2010. 
En aquellos planteles donde haya sido cubierta la demanda para segundo y tercer
grado, podrán atender alumnos de primero, si cuentan con el espacio físico adecuado y una niñera para el grupo, considerando que los alumnos tengan 3 años cumplidos al 31 de diciembre de 2010.
Es requisito indispensable para inscripción la presentación del acta de nacimiento, CURP y cartilla de vacunación. Los documentos referidos habrán de integrarse al expediente personal a fin de validar los datos del certificado de educación preescolar.
No se permitirá niños en calidad de oyentes. Se recomienda que los padres que laboren como docentes en la misma institución
no funjan como maestros de sus hijos.
1. Organización

Los alumnos procedentes de otros planteles educativos deberán presentar la constancia del grado cursado y los requisitos para la inscripción mencionados anteriormente.
1.2. Inscripciones anticipadas
El período de preinscripciones será del 1o al 15 de febrero de 2011. Documentación que deberá presentarse:
Acta de nacimiento CURP Cartilla de vacunación (en caso de contar con ella) Constancia de acreditación de 2o grado, en caso de haberlo cursado.
1.3. Organización de Grupos
En atención al personal con que se cuenta y la capacidad de los espacios físicos, los directivos organizarán la integración de grupos de 20 a 25 niños y, en el caso de los jardines de niños integradores, se conformarán los grupos con 20 educandos. Se sugiere conformar grupos de 15 alumnos para primer grado.
El criterio para integrar los grados es la edad cronológica de los alumnos. Es facultad de la directora del jardín la asignación de los grupos al personal docente. Se integrarán los grupos de tercer grado con alumnos de 5 años cumplidos al 31 de
diciembre de 2010, el segundo grado con niños de 4 años cumplidos al 31 de diciembre de 2010 y el primer grado con pequeños de 3 años cumplidos al 31 de diciembre de 2010.
En las localidades donde exista más de un jardín de niños deberán establecerse zonas de influencia para cada plantel, de tal manera que se logre una adecuada distribución de la población escolar.
La primera semana de actividades estará destinada para llevar a cabo mediciones somato-funcionales a los alumnos a fin de detectar y canalizar situaciones que requieran un apoyo adicional sin que tales actividades impliquen la suspensión de labores, brindando el servicio al 100% de los alumnos inscritos.
El recreo será exclusivamente de 20 minutos, en cuyo lapso los alumnos podrán realizar actividades libres y/o disfrutar de un ligero refrigerio, es importante mencionar que debe evitarse el tomar 20 minutos de refrigerio más 20 minutos de recreo, pues esto reduce la jornada académica. El refrigerio deberá ser nutritivo, evitando productos chatarra que generen problemas de sobrepeso o incluso obesidad en la población infantil. Durante el recreo, el personal directivo, docente, especialista y manual deberá distribuirse en las áreas de juego de los niños para coordinar actividades recreativas, así como prevenir accidentes, orientando además a los pequeños en sus hábitos alimenticios.
Con base al diagnóstico grupal, cada educador integrará los expedientes de los alumnos, así como también elaborará su plan y diario de trabajo.
Todos los jardines de niños diseñarán su plan de mejoramiento con la participación activa de todo el personal que labora en el plantel.

Al inicio del ciclo escolar, durante la primera reunión, los jardines de niños que cuenten con tres o más docentes deberán integrar el consejo técnico consultivo para efectuar sus acciones técnico-pedagógicas en colectivo docente.
El personal de los jardines de niños unitarios o bidocentes deberán reunirse para integrar el consejo técnico sectorizado, el cual será presidido por el supervisor escolar de la zona.
El primer día de clases será el lunes 23 de agosto de 2010. Con base en el diagnóstico de necesidades, el personal de las escuelas, reunido en
colectivo docente, durante agosto y septiembre construirá el plan de mejoramiento que habrá de desarrollarse durante el ciclo escolar, dándolo a conocer a los padres de familia.
Se recomienda a los directivos y docentes de los jardines de niños, que en la primera reunión del ciclo escolar con padres de familia, se les de a conocer las finalidades de la Educación Preescolar, así como las generalidades de la forma de trabajo y funcionamiento del plantel.
Los directivos de los planteles educativos y personal docente solicitarán a los alumnos únicamente la lista de útiles escolares indispensables para el desarrollo de las actividades. Es responsabilidad de los padres de los alumnos comprar los materiales escolares. No se autoriza a los educadores solicitar aportaciones económicas para tal fin.
No se autoriza que los educadores soliciten a los padres de familia la compra de libros de texto. Se recomienda optimizar los recursos de acuerdo a los enfoques del programa vigente y priorizar “Juego y aprendo con mi material de preescolar”.
Los directores de los planteles educativos deberán disponer de lo necesario a fin de que los profesores convoquen a los padres de familia del grupo a su cargo a reuniones periódicas, donde se tratarán y desarrollarán aspectos y actividades tales como:
Intervención en el cumplimiento de las actividades escolares. El tipo de tareas escolares que se manejan y su participación como padres de familia. Atención especial a problemas de conducta considerando que los padres apoyen las estrategias pedagógicas sugeridas por el educador. Orientación sobre temas específicos: desarrollo infantil, educación para la salud, problemas en el aprendizaje, etc.; la cual podrá ser brindada por el propio maestro, un especialista invitado o un padre de familia. Participación de los alumnos en demostraciones, foros, eventos cívicos- culturales, deportivos, etcétera. Participación en trabajos conjuntos: alumnos-padres-maestros. Involucrar en demostraciones educativas a los padres de familia para que tengan un acercamiento al trabajo que realizan los docentes y sus hijos.
2. Actividades de inicio de curso

A través de estas reuniones será posible establecer una comunicación permanente y directa entre maestro, alumno y padre de familia, no sólo del mismo grupo escolar, sino haciéndola extensiva a los demás grados y grupos de la escuela.
Para el debido cumplimiento del calendario escolar, las escuelas oficiales y particulares incorporadas tendrán en cuenta las siguientes indicaciones:
En ningún plantel educativo podrá modificarse el horario y/o calendario escolar oficial. Las labores en las escuelas se suspenderán únicamente los días señalados en el calendario escolar y los que determine el Poder Ejecutivo Federal y/o Estatal en su caso (ver Anexo Acuerdo Número 536 emitido por el Diario Oficial de la Federación, el día 2 de julio de 2010).
En los planteles escolares el uso de uniforme no es obligatorio, por lo que no será una limitante para el acceso al servicio educativo.
Se prohíbe la expulsión como medida de solución para aquellos alumnos que incurran en errores o faltas que, a criterio del docente y/o directivo de la escuela, ameriten un correctivo. Al respecto, se recomienda agotar medidas psicopedagógicas, dialogar con los padres, tutores y/o solicitar la orientación de la autoridad educativa competente.
En los planteles educativos debe de prevalecer el respeto a las garantías individuales de la comunidad educativa.
Deberá fomentarse el desarrollo de la creatividad y habilidades de los alumnos a través de actividades educativas, evitando la compra de trabajos prefabricados y/o costosos.
Los horarios de labores deberán acatarse estrictamente. El personal registrará la asistencia diaria en la libreta especial, firmando al inicio de su jornada y a su salida; en caso de que algún trabajador no cumpla con los horarios establecidos, los directores deberán informar por escrito a la oficina de supervisión escolar correspondiente a la brevedad posible.
Si algún miembro del personal directivo, docente, administrativo, técnico o manual cambia de adscripción, la autoridad correspondiente no extenderá su documento de liberación en tanto no haya entregado a su jefe inmediato la documentación oficial de acuerdo con el cargo desempeñado.
Por ningún motivo deberá permitirse que un profesor con doble plaza atienda a dos grupos en el mismo turno y escuela.
En los planteles donde exista director, subdirector y/o apoyo técnico deberán atender a los grupos en ausencia del docente titular, para evitar la inasistencia de los alumnos. En caso de que no exista nombramiento de director efectivo, el encargado de la dirección dispondrá lo procedente, a fin de que los alumnos sean atendidos evitando, en la medida de lo posible, retirar a los alumnos.
Es obligatoria la aplicación del Programa de Educación Preescolar 2004.
3. Disposiciones Generales que habrá de atender el personal directivo y docente
de Educación Preescolar

En cada plantel educativo deberán constituirse los organismos auxiliares de la educación señalados por la normatividad (consejo técnico consultivo, consejo escolar de participación social y asociación de padres de familia).
El personal de los servicios educativos deberá participar activamente en los cursos y talleres de formación continua a los que se convoque durante el ciclo escolar.
Los supervisores escolares, apoyos técnicos pedagógicos y directores deberán atender la realización de las reuniones de trabajo correspondientes al Curso Básico de Formación Continua 2010.
Los edificios escolares, sus anexos y demás servicios se usarán únicamente para los fines específicos a que están destinados.
En las escuelas en las que trabaje personal de USAER (Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular), es recomendable contar con un espacio físico adecuado para el cumplimiento de su labor.
El personal directivo y docente de los planteles escolares y la mesa directiva de las asociaciones de padres de familia gestionarán ante la autoridad municipal o educativa correspondiente, o bien ante cualquier otro organismo social de la localidad, que en los períodos de vacaciones y receso escolar se realicen labores de conservación y reparación de los edificios escolares, así como del mobiliario.
Se prohíbe la entrada de vendedores ambulantes (y en general a toda persona ajena) a los planteles educativos.
En los planteles que cuenten con personal de apoyo y mantenimiento, los directivos dejarán comisiones para que durante las vacaciones permanezcan guardias de vigilancia, las cuales deberán llevar a cabo un aseo intensivo de aulas y anexos.
El horario del personal que labora en los jardines de niños es el siguiente:
FUNCIÓN/CARGO
ENTRADA
SALIDA
Director(a)
8:30 hrs.
13:00 hrs.
Subdirector(a)
8:30 hrs.
13:00 hrs.
Educador(a)
8:45 hrs.
12:30 hrs.
Profesor(a) de Enseñanza Musical Elemental
8:45 hrs.
12:30 hrs.
Niñera
8:00 hrs
13:30 hrs.
FUNCIÓN/CARGO
ENTRADA
SALIDA
Personal de Apoyo y Mantenimiento
8:00 hrs.
13:30 hrs.
El (la) director(a) debe notificar oportunamente al supervisor escolar de las incapacidades, permisos y faltas injustificadas del personal a su cargo para realizar los procedimientos administrativos que correspondan.
3.1. Documentación Escolar 3.1.1. Directores de jardines de niños
Los directores de cada plantel deberán tener la siguiente documentación:
Biografía correspondiente al nombre asignado al jardín de niños y reseña histórica del plantel.
Expediente de instalación del servicio (título de propiedad, asignación de clave y nombre, planos, etc.).
Programa de Educación Preescolar 2004. 
Plan de mejoramiento (elaborado e implementado por el colectivo docente). 
Matrícula general. 
Plantilla del personal del jardín de niños. 
Expedientes del personal:
Ficha de datos personales Oficio de presentación Copias de documentos de preparación profesional Copias u originales de solicitudes de permisos Copias de felicitaciones, reconocimientos y notas laudatorias oficiales, o en su caso exhortos, extrañamiento o cualquier otro tipo de sanción.
Libro de asistencia del personal. 
Libro de visitas. 
Expediente de inventario general. 
Expediente de circulares y disposiciones superiores. 
Expediente de correspondencia girada y recibida por el (la) director(a). 
Expediente de la Asociación de Padres de Familia.
Expediente del Consejo Técnico Consultivo del Plantel. Expediente del personal que participa en el Programa de Carrera Magisterial,
conteniendo los documentos que la Coordinación Estatal del programa señala. Expediente del Comité de Seguridad y Emergencia Escolar. Expediente de los Consejos Escolares de Participación Social. Expediente de las actas constitutivas de la venta escolar, inventario y cortes de caja
(en caso de realizarla). Expediente de datos estadísticos.
Expedientes de otros programas en los que participa la escuela, como: Prevención del Delito y las Adicciones
Atención para la Salud Programa Estatal de Lectura Escuelas de calidad Escuela siempre abierta Manos limpias Mejores escuelas Escuela segura PASEVIC.
3.1.2. Educadores(as)
Los educadores(as) de cada plantel deberán tener la siguiente documentación:
Programa de Educación Preescolar 2004. Registro de planeación. Diario de trabajo. Matrícula particular.
Inventario particular. Registro de asistencia diaria. Expediente de los educandos:
Ficha de inscripción Acta de nacimiento (fotocopia) Clave Única de Registro de Población (CURP) (fotocopia) Cartilla de Vacunación (fotocopia) Logros y dificultades del alumno Entrevista al alumno Entrevista con madres, padres o tutores Trabajos significativos del avance del alumno.
3.1.3. Maestros de enseñanzas musicales
Los maestros de enseñanzas musicales elementales de cada plantel deberán tener la siguiente documentación:
Programa de Educación Preescolar 2004, así como el expediente de los planes o acuerdos tomados con el personal docente para su apoyo educativo.
Inventario particular. 3.2. Metodología
Programa vigente: Programa de Educación Preescolar PEP 2004.

3.3. Evaluación y Acreditación
La Secretaria de Educación de Veracruz expedirá certificado de haber cursado Educación Preescolar a los niños que egresen del 3er grado, así como la constancia de acreditación de 2o grado.
El 8 de julio de 2011 será el último día de labores. Para que el personal docente pueda dar por concluidas sus actividades del ciclo
escolar, es requisito indispensable haber entregado la documentación correspondiente a satisfacción de las autoridades.
4.1. Demostraciones educativas y exposiciones
Con motivo de fin de cursos para presentar a los padres de familia los logros alcanzados por los alumnos, se llevarán a cabo demostraciones educativas que permitirán poner de manifiesto las características de los procesos de aprendizaje de los alumnos de cada grado; por tanto habrán de considerarse diferentes fechas para cada una, con el fin de dar oportunidad a los padres de familia que tienen varios hijos en la escuela, de asistir a ellas. Éstas deberán efectuarse atendiendo las siguientes indicaciones:
Elaborar el plan de clase a desarrollar durante toda la jornada de trabajo y comunicar oportunamente a los padres de familia la fecha y horario de la demostración, para contar puntualmente con su asistencia, evitando así interrupciones y contratiempos durante las actividades.
Propiciar la participación de todos los niños durante la demostración. Considerar actividades donde los padres interactúen con sus hijos. Las exposiciones que con motivo de fin de cursos se instalen en los planteles
educativos, con la intervención de todos los grupos y grados, deberán cumplir con los siguientes propósitos:
Estimular a los niños a través de la exhibición de los trabajos elaborados por ellos durante el año escolar. Propiciar el acercamiento de la comunidad hacia la escuela, ofreciendo una demostración de lo que se realiza en el jardín de niños.
Para cumplir con estos propósitos se recomienda que los trabajos que se expongan correspondan a las actividades desarrolladas por los alumnos. Por ningún motivo deberán ser prefabricados o elaborados específicamente para su exhibición.
4.2. Clausura de curso
En todos los planteles escolares el acto de clausura de curso deberá atender las siguientes indicaciones:
4. Actividades de fin de curso

Rendir Honores a la Bandera organizando el cambio de escolta, para que los alumnos que egresan la entreguen a los alumnos que permanecerán en la institución.
El programa podrá integrarse con números artísticos que fueron montados para otros eventos que haya organizado el plantel durante el año lectivo, evitando gastos innecesarios en compra de vestuario especial para los alumnos.
El director deberá rendir un informe de las actividades efectuadas en el plantel durante el ciclo escolar 2010-2011.
Se recomienda que estos actos tengan lugar en los planteles educativos, a efecto de evitar gastos onerosos por alquiler de otro local.
Los días lunes se rendirán Honores a la Bandera Nacional al inicio de las labores escolares, así como en el comienzo y fin de curso, en los términos previstos en la ley correspondiente. Durante la ceremonia estará presente todo el personal del plantel y se recomienda hacer una atenta invitación a los padres de familia, para que permanezcan durante el acto.
Se sugiere explicar a los niños el significado de los Símbolos Patrios y del protocolo de este acto cívico, exaltando en todo momento los valores de respeto a nuestros símbolos de identidad nacional.
Las fechas por conmemorar deberán incorporarse al trabajo normal de la escuela y tendrán como propósito fortalecer la formación cívica de los educandos y de la comunidad.
Las conmemoraciones cívicas deberán transferirse para su referencia histórica, a la fecha señalada en el calendario escolar.
Además de las fechas a conmemorar en el calendario escolar emitido por la Secretaría de Educación Pública, se celebrarán las señaladas en el calendario cívico del Estado de Veracruz.
Con el propósito de fortalecer la identidad nacional, se impulsarán las costumbres y tradiciones nacionales y regionales, evitando festejos de origen extranjero, así como el llevar a cabo reinados para diferentes festividades, en virtud de que actúan en detrimento de la autoestima y confianza de los niños.
Los trabajos manuales para los padres de familia en fechas especiales (día de la madre, día del padre, etc.) deberán ser elaborados por los alumnos.
Se recomienda al personal directivo y docente sustituir los festivales con motivo de fechas conmemorativas durante el ciclo escolar (día de las madres, fiestas tradicionales, día del niño, fin de cursos, etc.) por demostraciones artísticas o académicas que no impliquen ensayos que interrumpan el trabajo pedagógico cotidiano, haciendo énfasis en que dichas actividades favorezcan el logro de los propósitos educativos, proyectando la función del nivel de educación preescolar.
En caso de realizar los festivales es importante evitar gastos innecesarios y por lo mismo se sugiere hacer presentaciones sin trajes costosos, haciendo uso de sencillas caracterizaciones y efectuarlos en las instalaciones del plantel.
5. Aspecto Cívico, Social y Cultural

La participación de los alumnos en actividades con proyección a la comunidad, tal como campañas, excursiones, visitas, ceremonias, desfiles cívicos, exposiciones, demostraciones, concursos, etc., debe vincularse siempre al enriquecimiento del proceso educativo.
Es competencia de los planteles escolares desarrollar campañas permanentes de seguridad, cuidado de la naturaleza y de la salud, dentro del plantel y con proyección a la comunidad.
Toda actividad que tenga lugar fuera de las instalaciones escolares deberá ser del conocimiento del padre o tutor y contar con su autorización por escrito. Dicha actividad deberá estar contemplada en la planeación y ser validada por el supervisor escolar.
Para la asignación o cambio de nombre de un plantel educativo, el director deberá solicitar autorización a la Subdirección de Educación Preescolar Estatal, a través de la autoridad inmediata, tomando en cuenta las siguientes disposiciones y requerimientos:
6.1. Lineamientos
Se autorizarán nombres que se refieran a valores culturales universales o nacionales (lema, personajes, fechas o hechos históricos, científicos, técnicos o artísticos).
No se autorizarán nombres relacionados con credos religiosos, salvo los personajes cuya acción merezca reconocimiento social.
Cuando el nombre haga alusión a un determinado nivel educativo, éste deberá corresponder al que efectivamente se imparte.
No se antepondrá ningún título de grado al nombre, cuando éste se refiera a personas, salvo acuerdo expreso del Secretario de Educación.
6.2. Requisitos
Se deberá proponer tres nombres, en orden de preferencia. 
Se anexarán tanto biografías como monografías o fundamentos de la terna del
nombre propuesto, así como bibliografía que sirva de fuente de consulta (autor,
título de la obra, editorial, lugar, fecha de edición, etc.). 
Todas las propuestas de nombres deberán ser presentadas en idioma español,
salvo los nombres propios, mencionando sus antecedentes y fundamentos de la elección.
6. Asignación o cambio de nombre a un plantel educativo
10
7. Asignación de clave a un plantel educativo
7.1. Solicitud de clave
Oficio de solicitud del supervisor(a) 
Forma CIE Forma 911.1
  Orden de presentación de recurso (las formas y el oficio con firma y sello del
supervisor) Copia del oficio de Asignación de Nombre
  Croquis de la ubicación del jardín de niños Acta de donación del terreno (en caso de contar con ella)
7.2. Clausura
Oficio de solicitud
  Acta de reunión de directivos, docentes, padres de familia y supervisor escolar, en
la que se toma el acuerdo de la clausura 
Anuencia
Forma 911.1 del jardín de niños que se clausura Propuesta de reubicación del recurso Forma 911.1 del jardín de niños al que se propone enviar el recurso
7.3. Reapertura
Oficio de solicitud
  Forma 911.1 
Estudio de factibilidad 
Copia de la orden de presentación del recurso

8. Anexo


No hay comentarios:

Publicar un comentario